🌿Drogas & Armas🔫
Se establecerá la siguiente categorización para el tráfico de drogas
↠ Si una persona posee hasta 25 Unidades de cualquier tipo de droga (materia prima o procesada) le corresponde la multa de Posesión de drogas por cada tipo de droga que porte.
↠ Si un civil posee de 25 a 150 unidades le corresponde la multa de Venta de drogas.
↠ Si una persona posee más 151 unidadesde droga le corresponde la multa de Distribución de drogas.
Sanciona el uso y posesión de armas de fuego en actividades ilícitas
↠ Se entenderá por uso de armas aquellos ciudadanos que: porten y/o utilicen medios letales o contundentes como armas cuerpo a cuerpo o cortopunzantes, armas de fuego de bajo, mediano y alto calibre.
↠ La posesión de armas de fuego y armas blancas está permitida, siempre dentro de los límites de la ley y con su respectiva licencia de armas.
↠ Se abrirá fuego siempre con un rol previo.
↠ Queda estrictamente prohibido el porte y uso de explosivos y/o municiones explosivas. [Reglamento general]
↠ Cualquier jugador captado en flagrancia con un arma de fuego o arma blanca para cometer un delito será sancionado con multa por las policías y esta será incautada. [Reglamento Art. 22]
↠ El uso y posesión de armas está permitida para defensa propia (justificar mediante prueba visual), siempre y cuando se tenga la licencia correspondiente y esta no haya sida utilizada para: robos, asaltos, secuestros y/o cualquier tipo de actividad ilícita.
Protocolo que regula el actuar policial en actividades delictivas
↠ Se deberá aplicar el uso de niveles de fuerza gradual y proporcional a la conducta del delincuente y al nivel de resistencia que opone.
↠ Se privilegiará la disuasión y persuasión sobre cualquier otro nivel, salvo que, debido a las circunstancias, se pongan en riesgo la vida o la integridad física de terceros o de policías.
Se entenderá por niveles de uso de la fuerza la siguiente escala:
Presencia de autoridad: presencia visible de policías, acompañado de despliegue terrestre y/o aéreo.
Persuasión o disuasión verbal: instrucciones verbales para identificar, interrogar, revisar, informar o negociar con el individuo con el fin de que el transgresor desista de su conducta.
Reducción del individuo: esposado y restricción de movimiento o la libre circulación del individuo con el fin de contener, inhibir o vencer la resistencia activa.
Utilización de armas incapacitantes o de fuerza no letal: control no letal del individuo con taser en casos de resistencia activa.
Utilización de armas de fuego o de fuerza letal: utilización de medios letales para proteger la vida propia, de terceros y civiles. Se entenderá por niveles de resistencia la siguiente escala: Conductas de acción u omisión, para negarse a obedecer órdenes legítimas de un Oficial que previamente se ha identificado. Resistencia pasiva: exenta de violencia, amenaza permanente no visible. Resistencia activa: uso de violencia, agresión verbal y/o física, acciones que ponen en peligro real e inminente al Oficial. Resistencia de alta peligrosidad: uso de violencia extrema, amenaza, con armas o sin ellas, para causar daño, lesiones graves o muerte a terceros y/u Oficiales, negándose a obedecer órdenes legítimas.
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